A- de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante --·Demandado Ramirez Medrano Leonel
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado, causado por una investigación penal adelantada en contra de un patrullero de la Policía Nacional, por la presunta comisión de los delitos de peculado por apropiación y prevaricato por omisión, en el marco de la incautación y hurto de una motocicleta.
Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en este caso no se cumple el presupuesto subjetivo.
Ello, por cuanto, a pesar de que inicialmente, el conflicto se da entre autoridades que pertenecen a dos jurisdicciones diferentes, el Juzgado 001 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado, que pertenece a la jurisdicción ordinaria, asumió el conocimiento del asunto luego de que le fuera devuelto el expediente por el Juzgado 187 de Instrucción Penal Militar y Policial y antes de que fuera remitido a esta corporación para ser dirimido.
En conclusión, actualmente no se evidencia que dos autoridades judiciales de distintas jurisdicciones reclamen para sí o nieguen el conocimiento del asunto.
La Sala se inhibe de fallar sobre el asunto y ordena remitir el expediente al Juzgado 003 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado, Juzgado al cual se había remitido el caso por el Juzgado 1º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado para que continúe con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de jurisdicciones remitido por el Juzgado 003 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado y suscitado entre el Juzgado 001 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado y el Juzgado 187 de Instrucción Penal Militar y Policial de Medellín.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de la Corte, REMITIR el expediente CJU-6169 al Juzgado 003 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluidos el Juzgado 001 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado, el Juzgado 187 de Instrucción Penal Militar y Policial de Medellín, y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.